domingo, 21 de noviembre de 2010

Antecedentes y Justificacion del Sistema Nacional de Supervicion Educativa


Para entender el pasado, presente y futuro de la supervisión educativa en
nuestro país, se requiere un ejercicio de revisión y análisis. Requiere
reconocer que tanto el supervisor, campo y función supervisora, se han
configurado en un proceso complejo de construcción social. Esta
construcción social de la supervisión educativa, ha estado ligada a ciertas
coordenadas que a través del tiempo han considerado el rumbo y ritmo del
sistema educativo nacional.

Al reflexionar sobre ¿cómo fue?, surgen otras preguntas asociadas que
permiten arrojar luz sobre el fenómeno: ¿cómo se crea el cargo de supervisor
educativo?, ¿cuáles fueron sus principales tareas? y ¿cómo era su relación con
las escuelas y con el nivel central de la Secretaría de Educación?
Intentar dar respuesta a preguntas como éstas, permitirá comprender
algunas de las razones que configuraron esta función y que de una manera u
otra se encuentran presentes en la actualidad. Esto es así porque nuestro
sistema educativo conformó un cuerpo de actitudes y saberes que se fueron
transmitiendo de generación en generación, tanto al interior del sistema
educativo como en los centros de formación de profesionales de la
supervisión; y la supervisión ha estado ligada a la función social de la
educacion, esta función supervisora permitía garantizar que lo que en el nivel
central se decía, en los centros educativos se ejecutaba.
El ejercicio de revisar esta historia, permitirá otorgar significado y sentido al
conjunto de prácticas que en la actualidad se desarrollan así como a aquellas
que se espera transformar. Se trata de comprender el pasado para explicar
tanto el Campo como la Función supervisora.
La supervisión educativa en Honduras ha evolucionado a la par de nuestro
sistema educativo. Los cambios han sido lentos y la esencia de la función
supervisora poco o nada ha variado durante mucho tiempo.

Por las características del territorio hondureño, la poca infraestructura y los
escasos medios de comunicación, la tarea de controlar y vigilar se hizo
generalmente en solitario y de forma aislada, esta función supervisora
carecía de una estrategia de equipo, se supervisaba una cantidad de centros
educativos que previamente le habían sida asignado, los problemas
generalmente eran resueltos de manera espontánea y poco colegiada.
Según Membreño (2003), en sus orígenes la supervisión educativa poseía un
carácter de inspección, que se consideraba que los docentes debían ser
tratados como instrumentos que debían estar bajo supervisión constante
como una forma de verificación de la utilización de métodos y
procedimientos que determinaban los administrativos escolares y las
autoridades que regulaban la acción educativa. Sostiene Membreño que, en
un principio, el administrador de la institución era quien supervisaba lo que
ocurría al interior del salón de clases (Martínez, 2006: 55-56).
Posteriormente y como consecuencia del proceso evolutivo de la educación
y de la incorporación de nuevos actores, se determinó que el acto de
supervisión lo realizaran personas externas a la institución, por lo que se pasó
a designar comités especiales y oficiales religiosos que tenían el poder de
visitar e inspeccionar las escuelas. A estos inspectores no les interesaba
desarrollar las capacidades de los profesores con deficiencias, sólo se
limitaban a juzgar el trabajo de los maestros (Martínez, 2006: 56).
Membreño (2003) expresa que entre 1930 y 1940 la supervisión comenzó a
considerase como una práctica de relaciones humanas; evolucionó así de
una idea de sanción a otra donde los docentes son al fin considerados como
seres humanos con sentimientos, motivaciones y personalidad propia.
A partir de la década de los 50 se inició en Honduras un proceso de
modernización estatal, el Estado redefinió su papel como garante de los
derechos sociales, se crearon una variedad de instituciones públicas
(Martínez, 2006). En el plano político, en la década de los 50, el Estado
hondureño adaptó algunas características del modelo de Estado Benefactor,
es decir, se proponía al menos teóricamente suplir los servicios sociales
elementales de los hondureños (servicios de educación, salud, vivienda). En
el contexto anterior se implementaron un conjunto de medidas que
afectaron al sistema educativo en sus diferentes niveles, entró en juego la
centralización educativa, visualizada como un instrumento fundamental
para el desarrollo económico de Honduras (Martínez, 2006: 52). En esta

estructura burocrática, la dirección, organización y supervisión de la
Educación Media le correspondió a la Dirección General de Educación Media,
que tenía las siguientes secciones:
a. Dirección,
b. Secretaría,
c. Ciclo Común de Cultura General y Educación Media
d. Educación Magisterial,
e. Orientación Educativa y Vocacional,
f. Supervisión,
g. Estadística y Revisión de Expedientes, y
h. Administración (Art. 12, Ley de Educación, 1989).
En el modelo centralizado, la sección de Supervisión de Educación Media
estaba integrada por un jefe, un asistente técnico, un cuerpo de 18
supervisores nacionales para los diferentes ciclos y ramas de estudio (cuyo
número se aumentaba de acuerdo a las necesidades educativas), una o más
oficinistas (Martínez, 2006: 54).
Concepción Milla sostiene que la supervisión de Educación Media en
Honduras se inició en el año de 1953 bajo la dependencia de la Dirección
General de Educación Media, y aunque no existía un cuerpo especializado
en supervisión educativa, ésta la realizaban maestros de Educación Primaria
con experiencia en el nivel de Educación Media. En el nivel medio del sistema
educativo hondureño, los primeros supervisores se nombraron en el año de
1953 bajo la coordinación de la Dirección General de Educación Media. No
está de más decir que estas funciones fueron asignadas en primer termino “a
maestros de educación primaria” (Milla, 1970). El rol que se les delegó a los
supervisores como vigilantes y controladores del fiel cumplimiento de los
objetivos de la educación nacional e intermediarios en la solución de la
problemática en los centros educativos, los condujo a cumplir funciones no
establecidas en la ley y a obtener un alto grado de poder de decisión en la
solución de conflictos y en el otorgamiento de plazas, permutas, jubilaciones
y asensos de los docentes.
La misma autora sostiene en su tesis que del 19 de abril al 8 de mayo de 1954
se celebró el I Seminario Nacional de Supervisión de Educación Media, con el

objetivo de favorecer la formación técnica del personal que ejercía funciones
de supervisión educativa: a este seminario también asistieron directores de
Educación Media de institutos públicos, semioficiales y privados.
Entre los aspectos que coadyuvaron al desarrollo de la Educación Media en
Honduras están la creación, en 1957, de la Escuela Superior del Profesorado
Francisco Morazán cuya función principal era la formación de docentes para
el nivel medio de educación, y la creación de la Ley de Escalafón del
Magisterio en 1968, su Reglamento en 1969 y el Reglamento de Educación
Media. Lo anterior constituyó la base jurídica que sustenta el actual sistema
educativo hondureño.

Sin embargo, fue hasta el año de 1958 que se organizó la sección de
Supervisión, la que en su estructura interna tenía un jefe de supervisión y
cuatro supervisores. Este cuerpo de supervisores supervisaba directamente
cuando se presentaba algún problema de gravedad en los centros
educativos, su comunicación la realizaban a través de cartas y circulares, su
mayor influencia en esta época la realizaron en los institutos de Tegucigalpa y
San Pedro Sula dado que no se contaba con un sistema de viáticos que les
permitiese visitar todos los institutos del interior del país (Martínez, 2006: 57).
El hecho fundamental que transformó la concepción de la supervisión
educativa fue precisamente la sanción de la Ley Orgánica de Educación
mediante Decreto No. 79 de 14 de noviembre de 1966; en el Capítulo VII de
dicho Decreto se expresa que “la supervisión tendrá por objeto estimular el
mejoramiento cualitativo y cuantitativo de la educación en función de los
objetivos asignados al sistema escolar del país”. El Capítulo IV expresa que ”la
supervisión se organizará de manera que pueda extender su acción a todos los
centros de enseñanza y servicios del ramo de la República y deberá integrarse en
todos sus niveles con el fin de contribuir a la unidad del sistema escolar de la
nación”. Con ello, “el programa de supervisión comprenderá la orientación, la
coordinación y evaluación del trabajo escolar, de los proyectos para el desarrollo
de la comunidad y de los servicios de extensión cultural”. Este nuevo modelo de
supervisión fue concebido como una acción técnica y administrativa y
totalmente centralizado. Respondía al modelo educativo y de Estado de esa
época, en la que se pensaba que la forma más eficaz de control era la toma de
decisiones en una estructura centralizada (Martínez, 2006: 57-58). La
centralización educativa generó un proceso de burocratización alimentado
por la necesidad de construir un aparato que ordenará la situación y

controlará el cumplimiento de los objetivos educativos del Estado; este rol
fue asignado a los supervisores educativos (Martínez, 2006: 3). La Ley
Orgánica de Educación organizó la supervisión en el Nivel Primario
estableciendo una estructura conformada por
a. el equipo técnico del nivel central,
b. los supervisores departamentales, y
c. los supervisores auxiliares.

En el nivel de educación Media se constituyó un Equipo Técnico de cobertura
nacional y con sede en las oficinas centrales de la Secretaría de Educación.
Estos equipos funcionaron en un sistema educativo con poca cobertura, de
corte burocrático, vertical y eminentemente centralizado.
El protagonismo que desempeñó este cuerpo burocrático es incomparable,
en el sentido que generó desequilibrio al interior de todo el sistema
educativo y adquirió poder de decisión especialmente dentro de la
estructura “clientelística” que se generó al interior del Ministerio de
Educación, en donde el apoyo político es fundamental para el ingreso y
movilidad laboral de todas las personas que acceden al sistema educativo. Se
puede afirmar que los supervisores fueron el poder detrás del trono dentro
del engranaje administrativo de Educación Media, lo cuál generó una
dicotomía entre su praxis y las funciones asignadas legalmente.
De hecho, los supervisores servían de mediadores entre el nivel central y los
centros educativos. Con ello, poco a poco se fueron constituyendo en una
especie de bisagra, en un puente entre estos dos ámbitos. Esta función
supervisora permitía garantizar que lo que en el nivel central se decidía, en
los centros educativos se ejecutaba. Esta función puede apreciarse con
mayor claridad en la siguiente gráfica:

El modelo de gestión burocrática se caracteriza por la centralidad en la toma
de decisiones, la rutinización de las tareas, la verticalidad en las líneas de
mando, la poca importancia concedida a la innovación y al cambio, así como
por la escasa o nula presencia del sentido pedagógico de la función
supervisora.

Las reformas al sistema educativo hondureño (1972, 1984, 1987, 1991, 1994)
estuvieron marcadas por “incoherencias históricas”: por una parte se
planteaba la democratización del sistema, y por otra existía una permisividad
de prácticas “pedagógicas” autoritarias de supervisores y de otros actores
educativos que actuaban de manera “elitista” y corporativa al interior de las
instituciones educativas, representando un obstáculo para la concreción de
la democratización educativa.

Desde 1994 la sociedad hondureña está experimentando un proceso de
reforma educativa que inició con la denominada Escuela Morazánica. Se ha
establecido una serie de cambios concretos en los modelos de gestión y en
los procesos de decisión que van desde la descentralización de los servicios
educativos y la elaboración de un nuevo currículo, hasta el planteamiento de
una nueva estructura burocrática en educación y, como consecuencia, una
redefinición en el rol de los actores que se configuraron con lógicas de la
escuela centralizada.

Con este fenómeno desaparecen responsables directos de la gestión
supervisora. Lo anterior, se ve acompañado con el hecho que las
universidades han reducido su oferta de formación relacionada con la
supervisión educativa, las carreras específicas del campo de la supervisón
han desaparecido totalmente.

Sin embargo, con la creación de las direcciones departamentales de
educación comienza un proceso de desconcentración y, con ello, se
configura una supervisión también desconcentrada. Aunque formalmente la
figura del supervisor no existe, la función la asumen las direcciones distritales
y municipales como una tarea más que realizan según las demandas del
contexto. Por eso es que, aunque en el caso concreto del nivel de educación
Media la supervisión ha desaparecido, no se puede decir que la supervisión
haya desaparecido totalmente del sistema educativo nacional.

Este nuevo proceso de reestructuración burocrática trajo como
consecuencia la supresión del cuerpo de supervisores que se había
configurado como el modelo de la vieja escuela en todos los niveles
educativos, y la creación de unidades de supervisión para todos los niveles
educativos.

En la actualidad, con la transformación educativa, se generan diversos
espacios, estrategias y una reconfiguración de roles que replantean el
sentido y naturaleza de la supervisión. De hecho, la supervisión que se
propone se enmarca en el nuevo modelo de gestión que incorpora a sus
principios la calidad, el aprendizaje como eje articulador, la participación
democrática de toda la comunidad educativa, ente otras.

Como una estrategia para hacer frente a esta situación, la Secretaría de
Educación, mediante Acuerdo Nº. 1117-SE-06 de fecha 27 de abril de 2006 y
publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 31.029 del 16 de junio de 2006,
crea la Unidad de Supervisión Educativa y Acompañamiento Docente,
dependiente directamente de la Secretaría de Educación y con la capacidad
de coordinar, operacionalizar y ejecutar las políticas y directrices que en
materia educativa se generen desde el nivel superior de la Secretaría hasta el
centro educativo.

1.2 JUSTIFICACIÓN DEL SINASEH
La supervisión es el servicio de la administración escolar que tiene por objeto
promover el mejoramiento cualitativo y cuantitativo del proceso de
aprender a aprender, que se desarrolla en todos los centros en los diferentes
niveles del sistema educativo nacional.

Sabiendo que se están experimentando cambios sustanciales en donde los
esquemas tradicionales deben ser reemplazados por nuevos paradigmas, es
urgente y necesario diseñar un sistema nacional de supervisión y
acompañamiento docente en todos los niveles, que vengan a dinamizar y
estimular el mejoramiento de la calidad de la educacion nacional. Una
propuesta de supervisión y acompañamiento que llegue al centro educativo
con un personal que reúna las capacidades y requisitos para realizar un
verdadero asesoramiento pedagógico que facilite la labor del docente en el
aula de clase.

El marco legal que rige la educación hondureña en su Ley Orgánica de
Educación, Reglamento de Educación Primaria, de Media y Estatuto del
Docente Hondureño establecen la obligación e importancia de la
supervisión en todos los niveles del sistema educativo.
En la actualidad se vive una reforma educativa que da muestras claras de
tener una naturaleza e intencionalidad integral. Así, el tiempo mostró que la
reforma educativa actual tiene como pilares principales tres elementos
básicos que sirven a su vez como condicionantes:

a. Un nuevo modelo de gestión educativa,
b. Una nueva política curricular,
c. Un nuevo sistema de formación de docentes.

Estos tres ejes condicionan la actuación de los supervisores. Tanto el campo
como la función se han resignificado en parte por los siguientes
condicionantes:

a. El aparecimiento de una relativa autonomía institucional.
b. Los espacios cada vez mayores de participación comunitaria.
c. La consolidación de un nuevo modelo de Gestión Educativa.
d. La implementación de nuevas herramientas de Gestión Institucional:
Diseños de PEC y PCC .

Sin embargo, en este contexto, la Función Supervisora es realizada por
personal técnico de las direcciones Distritales y Municipales, sin la formación
ni la capacidad instalada necesaria para su funcionamiento. El escenario
actual, se presenta con una especie de vaciamiento tanto del campo como de
la función supervisora.

Las siguientes prescripciones y capacidad instalada orientan la organización
y la puesta en funcionamiento del SINASEH:
a. La ley Orgánica de Educación, decreto No 79, emitido el 14 de
noviembre de 1966, Capítulo VII, Artículos 90-92 y su Reglamento.
Título III, Capítulo I, Artículo 35; Capítulo II, Artículo 36; Capítulo III,
Artículos 37-43; y Capítulo IV, Artículos 44-51.
b. El Reglamento General de Educación Media.
c. Ley del Estatuto del Docente Hondureño, y su Reglamento.
d. Código de la Niñez y la Adolescencia.
e. Reglamento interno de las instituciones educativas.
f. La existencia del Acuerdo Nº. 1117-SE-06 de fecha 27 de abril de 2006
y publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 31.029 del 16 de junio de
2006, que permite la coherencia normativa para la creación de la
Unidad de Supervisión y Acompañamiento Docente.
g. La existencia y consolidación de un sistema educativo
desconcentrado que permite la toma de decisiones de manera más
horizontal al tiempo que recoge las necesidades y expectativas de
zonas remotas del país.
h. La existencia de las Direcciones Departamentales de Educación que
con su capacidad instalada permitirán la concreción y puesta en
funcionamiento del SINASEH.
i. La existencia de las Direcciones Distritales y Municipales de
Educación que servirán de soporte institucional para la
implementación del SINASEH.

Modelo del Sistema Nacional de Supervisión Educativa de Honduras (SINASEH)

Nivel
Central
Supervisor
Centros Educativos


Modelo del Sistema Nacional de Supervisión Educativa de Honduras (SINASEH)

Modelo del Sistema Nacional de Supervisión Educativa de Honduras (SINASEH)

Modelo del Sistema Nacional de Supervisión Educativa de Honduras (SINASEH)

ANTECEDENTES DEL SINASEH

1 comentario:

  1. buena información, sugiero revisen ortografía ejemplo: Supervision (lo tienen escrito en forma incorrecta)

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